El bien común

Vivimos en una época marcada por el individualismo. Este individualismo posmoderno, globalizado y potenciado por los medios de comunicación y yo diría también en ciertos ambientes culturales, favorece un estilo de vida que desarrolla el hedonismo, el propio interés y debilita el vínculo entre personas, incluidos los vínculos familiares, divide a los seres humanos y los enfrenta en pos del propio interés.
 
En el número 164 del Compendio de la DSI se define el bien común como «el conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a las asociaciones y a cada uno de sus miembros el logro más pleno y más fácil de la propia perfección».
 
La persona no puede encontrar su realización por ella misma, sino que desde el principio su vida es con y para los demás. Por tanto, la persona se realiza en la medida en que busca el bien no solo de una forma ideal sino que lo hace en todas las formas de la vida social existentes: “familia, grupo social al que pertenezca, asociación, empresa de carácter económico, ciudad, región, Estado, comunidad de pueblos y naciones”.
 
Todos tenemos obligación de trabajar por el bien común, nadie está exento de trabajar por su consecución. Esta obligación exige la capacidad y la búsqueda constante del bien de los demás como si fuese el bien propio. No nos debe sorprender esta afirmación pues leíamos en el Evangelio del domingo pasado que los fariseos que, como es bien sabido, tenían gran cantidad de preceptos y tratando de probar a Jesús le preguntan cuál es el precepto principal. Jesús les responde que es “amar a Dios con todo el corazón, con toda tu alma…” y a continuación les dice que el segundo, “amarás a tu prójimo como a ti mismo”, es semejante al primero.
 
También el Estado tiene que trabajar por la consecución del bien común. A veces las personas o los grupos concretos no están en condiciones de alcanzar por sí mismos su pleno desarrollo y son las instituciones políticas las encargadas de que se lleve a cabo este objetivo. 
 
La correcta conciliación de los bienes particulares de grupos y de individuos es una de las funciones más delicadas del poder público. En un estado democrático, en el que las decisiones se toman ordinariamente por mayoría entre los representantes de la voluntad popular, aquellos a quienes compete la responsabilidad de gobierno están obligados a fomentar el bien común del país, no sólo según las orientaciones de la mayoría, sino en la perspectiva del bien efectivo de todos los miembros de la comunidad civil, incluidas las minorías. (CDSI, n 169)
 
Fuente: Compendio Doctrina Social de la Iglesia